Arraigo laboral: la manera más fácil de tener papeles sin contrato de trabajo. El Arraigo Laboral lo puedes tener sin contrato de trabajo, si cumples con los siguientes requisitos:

  • Certificado histórico de empadronamiento 2 años continuados en España (a solicitar ante el Ayuntamiento  de tu ciudad y vigencia del certificado de los últimos 3 meses)
  • Carecer de antecedentes penales( El certificado debe estar legalizado- Apostilla de la Haya- y debe caduca a los seis meses de su fecha de expedición).  Se debe aportar el del país de origen y en su caso, donde se hubiera residido los últimos cinco años.
  • Relación laboral de seis meses dentro de los dos últimos año. La prueba de tal relación puede ser, a través de:
    1. La resolución judicial firme que la reconozca, esto es sentencia firme juzgado de lo social (es el medio más utilizado).
    2. O bien, la resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social que la acredite.
    3. Para los que han estado de alta (ejemplo solicitantes de asilo) bastará con el informe de vida laboral.
    4. Jornada laboral trabajada mínimo 30horas semanales. Menos es difícil que la oficina de extranjería lo apruebe.

 La documentación requerida  para poder tramitar el Arraigo Laboral: (papeles sin contrato de trabajo) es la siguiente:

 

  1. Formulario solicitud EX-10 debidamente cumplimentado
  2. Pasaporte completo (vigencia 6 meses)
  3. Certificado Antecedentes Penales Legalizado (vigencia seis meses desde expedición.)
  4. Padrón dos años en España, a través del certificado histórico de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento de tu ciudad. (Vigencia de los últimos 3 meses).
  5. Acreditación de la existencia previa de una relación laboral de duración no inferior a seis meses. A tal efecto deberá aportar resolución judicial (Sentencia firme) o resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social que reconozca la existencia de relación laboral no inferior a seis meses dentro de los dos últimos años.

Podemos decir que el Arraigo Laboral sigue siendo el gran desconocido para muchos extranjeros, que conocen sólo el Arraigo Social.  Desde nuestro despacho SAGARRA ABOGADOS hemos           tramitado con éxito cientos de expedientes de Arraigo Laboral para la satisfacción de nuestros clientes y cada día lo va conociendo más extranjeros afortunadamente.