civil

En nuestro despacho, SAGARRA ABOGADOS, también tenemos un área del despacho especializada en Derecho Civil, donde con toda la sensibilidad y dedicación que esta materia se merece, nuestras abogadas y abogados, así como nuestras mediadoras y mediadores especializados, tratan todo aquello relacionado con el Derecho Civil y en especial con el Derecho de Familia, en el sentido más amplio.

I- Cómo trabajamos en SAGARRA ABOGADOS:

Asesoramos en todos los supuestos posibles sobre una solución extrajudicial al problema o conflicto planteado y solo para el supuesto de que no sea posible, entonces, explicamos al cliente cuas es el procedimiento judicial más adecuado, así como la documentación requerida, los tiempos aproximados de resolución, así como los demás gastos que hay que tener en cuenta, además de los honorarios del abogado, tales como: poderes notariales, tasas judiciales (en algunos procedimientos), honorarios de procurador, etc..

II.- A continuación les indicamos algunos de los procedimientos más habituales que se nos presentan a diario en el despacho:

 

  • Reclamaciones de Cantidad (juicios monitorios, verbales, ordinarios)
  • Responsabilidad Civil General ( Contractual y Extracontractual)
  •  Compañías Aéreas
  •  Accidentes de Tráfico
  • Deudas
  • Derecho Sanitario
  • Derecho del Turismo.
  • Contratos
  • Derechos Reales
  • Derecho Inmobiliario
  • Herencias y Sucesiones
  • Reclamación por Responsabilidad Civil
  • Comunidad de Propietarios, Deshaucios por falta de pago.
  • Derecho de Familia ( Separaciones, Divorcios tanto de mutuo acuerdo, como contenciosos, guardas y custodias, reclamación de pensiones de alimentos, modificación de medidas, liquidación del régimen económico matrimonial, constitución y regulación de parejas de hecho, redacción de capitulaciones matrimoniales, incapacitaciones ….)
  • Plusvalias municipales ( Los Tribunales han sentenciado recientemente que en el supuesto de que no haya habido un incremento real del valor de la propiedad al realizar una compraventa, herencia, donación o permuta de un bien inmueble, no hay obligación del pago de la plusvalía. Si en los últimos cuatro años has trasmitido tu vivienda con pérdidas con respecto a la compra y pagaste el impuesto municipal de plusvalía, puedes reclamar su devolución de la mano de SAGARRA ABOGADOS).